El término 'personas con discapacidad', una realidad en la reforma de la Constitución

Enviado por prensa el Sáb, 12/09/2020 - 00:32
Bandera española

La reforma de la Constitución que el Ejecutivo pretende sacar adelante en este periodo de sesiones supondrá modificar el artículo 49 para sustituir el término "disminuido" por el de "personas con discapacidad" y reconocerá el derecho a "la igualdad real y efectiva" de este colectivo.

Según explicó este martes en rueda de prensa la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, esta reforma es la misma que el Congreso de los Diputados consensuó en diciembre de 2018 en favor de las personas con discapacidad y que el primer Ejecutivo de Pedro Sánchez puso en marcha para su aprobación parlamentaria. Sin embargo, no fue capaz porque anticipó la convocatoria de elecciones generales en 2019 y la iniciativa decayó al disolverse las Cortes.

El texto acordado entonces implicaba modificar el artículo 49 para eliminar el término "disminuidos" y sustituirlo por el de "personas con discapacidad". Además, reconocía la "igualdad real y efectiva" de este colectivo y obligaba a los poderes públicos a "garantizar una vida participativa, autónoma e independiente" de estas personas, algo que quedará recogido por primera vez en el texto de la Constitución.

Esta nueva redacción del artículo 49 de la Constitución fue fruto del acuerdo alcanzado en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad del Congreso de los Diputados por todos los partidos políticos, tras varias semanas de consultas a expertos y de negociaciones entre los diferentes portavoces.

En su redacción actual, el texto constitucional establece que "los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos".

La nueva versión, a la que tuvo acceso Servimedia, reconoce y amplía los derechos este colectivo con discapacidad con cuatro puntos. "Las personas con discapacidad son titulares de los derechos y deberes previstos en este título en condiciones de igualdad real y efectiva, sin que pueda producirse discriminación", afirma en primer lugar.

"Los poderes públicos realizarán las políticas necesarias para garantizar una vida participativa, autónoma e independiente a las personas con discapacidad", prosigue.

Además, "se regulará la protección reforzada de las personas con discapacidad para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes". "Las personas con discapacidad gozan de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos", concluye en alusión a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada en 2006 por Naciones Unidas.

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