
El Senado aprobó el pasado jueves, 10 de abril, la eliminación del despido automático tras el reconocimiento de una incapacidad permanente.
La Comisión de Trabajo y Economía Social del Senado ha aprobado el Proyecto de Ley para reformar el Estatuto de Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social con el voto a favor de todos los grupos políticos excepto Vox que presentó una propuesta de veto que fue rechazada por el resto de grupos.
Una vez ratificado, el próximo paso es su debate en la próxima sesión plenaria del Senado. Su aprobación definitiva supondrá una reforma en la gestión de las relaciones laborales en situaciones de discapacidad sobrevenida.
Recordemos que hasta el momento, cuando una persona era reconocida con una incapacidad permanente, su relación laboral podía extinguirse de forma automática. Con esta nueva legislación, el trabajador podrá elegir entre diferentes opciones:
- Adaptar su puesto de trabajo habitual teniendo en cuenta su nueva situación
- Cambiando a otro puesto vacante y disponible en la empresa, acorde a la situación del trabajador
- Finalizar la relación contractual con la empresa
La empresa solo podrá activar la causa de despido cuando la adopción de las anteriores medidas suponga una carga excesiva. Por ello, el Proyecto de Ley determina cuándo los ajustes necesarios para adaptar el puesto laboral a la situación del trabajador constituirían un coste excesivo para la empresa, valorando si estos gastos podrían sufragarse con ayudas o subvenciones de manera parcial o total, o si en caso contrario, serían excesivos en relación con el salario medio, tamaño y volumen de negocio de la empresa.
Ante esta situación, se ha incorporado una enmienda que especifica que si el coste de dicha adaptación es inferior a la indemnización que habría que abonar al trabajador tras su despido o el importe de seis meses de salario, la empresa no podrá alegar esa carga excesiva. Esta cláusula impide que se utilicen argumentos económicos con el pretexto de despedir en lugar de readaptar.
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